El sistema de compras públicas en Chile está en constante evolución, buscando promover mayor inclusión y eficiencia. Una de las últimas modificaciones legislativas que entró en vigor el 12 de diciembre de 2024 trae consigo importantes cambios en la modalidad de Compra Ágil, afectando tanto a proveedores como a organismos contratantes.
¿Qué es la Compra Ágil y cuál es el cambio?
La Compra Ágil es una modalidad especial de contratación que permite a los organismos del Estado adquirir bienes y servicios de manera más rápida y sencilla. Con la nueva normativa, establecida en la letra d) del artículo 7, se incrementa el umbral de compra desde 30 UTM a 100 UTM, lo que abre nuevas oportunidades para realizar adquisiciones más significativas bajo este mecanismo.
Foco en emprendedores, pequeñas y medianas empresas (PYMES), personas naturales o jurídicas
El nuevo artículo 56 del Capítulo IX establece un enfoque claro en la promoción de los emprendedores, pequeñas y medianas empresas (PYMES), personas naturales o jurídicas. A partir de la entrada en vigor de esta norma, las contrataciones bajo la modalidad de Compra Ágil deberán realizarse exclusivamente con estos grupos, siempre que existan opciones disponibles en el mercado local.
Esto representa un cambio significativo, ya que actualmente cualquier proveedor puede participar en estas compras, sin importar su tamaño o ubicación geográfica.
¿Cómo se garantizará esta prioridad?
El Reglamento del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas definirá las condiciones operativas para garantizar que los organismos seleccionen emprendedores, pequeñas y medianas empresas (PYMES), personas naturales o jurídicas en sus procesos de Compra Ágil. Esto incluye ajustes en la plataforma electrónica para facilitar la identificación y priorización de estos proveedores.
¿Qué pasa si no hay emprendedores, pequeñas y medianas empresas (PYMES), personas naturales o jurídicas?
En situaciones excepcionales donde no existan ofertas de emprendedores, pequeñas y medianas empresas (PYMES), personas naturales o jurídicas, los organismos contratantes tendrán la posibilidad de adjudicar a proveedores que no cumplan con estas características. Sin embargo, esta decisión será la última opción y estará sujeta a las condiciones definidas por el Reglamento.

Impacto de la normativa
Este cambio tiene como objetivo:
- Fortalecer a las empresas medianas, pequeñas, proveedores locales, personas naturales o jurídicas, dándoles mayor protagonismo en el mercado público.
- Promover la economía local, incentivando a los organismos del Estado a priorizar proveedores cercanos a su ubicación.
- Incrementar la transparencia en el uso de la modalidad de Compra Ágil.
La ampliación del umbral de Compra Ágil a 100 UTM y la priorización de empresas medianas, pequeñas, proveedores locales, personas naturales o jurídicas locales representan un avance significativo en la democratización del acceso al mercado público. Para proveedores, es el momento ideal para revisar los requisitos y prepararse para aprovechar estas oportunidades.